|

Comisión
Paritaria
Esta Comisión
de trabajo, establecida inicialmente en el Estatuto de los trabajadores,
refrendada en el Convenio de ITP Ajalvir y desarrollada en el
Reglamento del Comité empresa, está compuesta a partes iguales
por cinco miembros representantes de los trabajadores (cargos
electos del Comité empresa) y otros cinco miembros de la Empresa
(de RRHH y
directores; aunque éstos son cargos "flotantes", habitualmente acuden
de
RRHH F. Ayesta, y por la Dirección F. Sancho y L. Maceín).
Se encarga de:
- Empleo
y contratación
- Ascensos
- Negociación,
vigilancia y aplicación del Convenio
Ajalvir
- Calendario,
jornada, vacaciones
- Plenes
de formación de Empresa
- Procesos
de cualificación
Está
compuesta por los siguientes delegados:
- Santiago
Clemente Martínez (CC.OO)
- Francisco
Cuesta García (CC.OO)
- Jose
Fernando Canales Ledesma (CC.OO)
- José
Antonio Martínez Moltó (UGT)
- Sergio
Krstic Gibert (ATP)
Detalle de
reuniones desde junio 2015 (por Sergio Krstic):
Los mismos
asistentes de los trabajadores y de la Empresa que la pasada reunión.
Reunión
a propuesta de la empresa para tratar el estado
de la denuncia del Comité ante la Fundación tripartita por el bloqueo
de la subvención para formación, que ésta ha impuesto
para el ejercicio lectivo 2015-2016. Lamentablemente tenemos que decir
que ATP se ha tenido que desmarcar del resto mayoritario (CCOO y UGT)
del Comité. No podemos ser cómplices de dejar de cumplir con la tarea
de fiscalización que nos impone la legalidad vigente. A continuación
una explicación en clave temporal para
que se comprenda mejor:
Atienden
a la reunión por parte de los trabajadores, los miembros arriba mencionados
de CCOO y ATP en esta Comisión, auqnue por parte de UGT acude su delegado
Igor ... el lugar de el titular J. Martínez. Por parte de la empresa
acuden por RRHH Fidel Ayesta, por la Dirección Fernando Sancho y L.
Maceín, y por el Dpto. Formación J.M. Bilbao Lamarcha y Almudena Sanchez.
Los
trabajadores (CCOO, ATP y UGT) reclamamos que la empresa no
está cumpliendo el art 60 del Convenio Ajalvir sobre formación
y que no ha cumplido con su obligación de trasladar de manera
previa al inicio del ciclo lectivo de formación (que va de
abril a abril), y obtener el consenso que marca la ley en el tema
de formación y subvenciones según el RD395/2007
donde el deber de fiscalización sobre los cursos bonificados,
la tiene la RLT (concenso del plan de formacion, cursos, alumnos,
medios utilizados, resultados obtenidos, etc.). La empresa responde
que prefirio dejarlo para despues de las eleciones y prometió lo haría,
y que de momento viene cumpliendose el 25% del plan. Pedimos se nos
informe en general, y detalladamente en por ejemplo que cursos viene
disfrutando cada trabajador ya que parece hay gente que con el ultimo
ERTE se le promertio reciclaje y no lo han hecho aún. La empresa respondio
que informará por grupos. ATP apuntó que la calidad de los cursos
ha bajado mucho, bien en duracion o bien que anteriores seminarios
ahora se imparten como pseudo-formacion. Según las normas de la
Fundación tripartita (que harmoniza a empresa+ trabajadores+administración)
esta claro que información y cuando debe presentarse por parte de
la empresa a la Representación legal de los trabajadores (RLT).
|